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Prórroga de la prohibición de despidos y doble indemnización. DNU 39/2021

El pasado 23 de enero el Gobierno Nacional mediante Decreto de Necesidad y Urgencia 39/2021 dispuso diversas cuestiones relativas a la prórroga de la doble indemnización y prohibición de despidos, a su vez también determina que en algunos supuestos la enfermedad COVID-19 podrá será considerada como enfermedad profesional, ampliaremos respecto a estos puntos a continuación. En primer lugar, se decide prorrogar la doble indemnización por un año más, pero esta vez, flexibilizando el decreto y beneficiando a los empleadores, ya que, se dispuso que el recargo que se deberá afrontar por parte de ellos frente al despido de los trabajadores no podrá superar la suma de $500.000 (pesos quinientos mil). Esta disposición perjudica a aquellas personas que son despedidas y que detentan altos cargos jerárquicos, ya que su indemnización sería mayor. Paralelamente, el DNU prorroga la prohibición de los despidos por 90 días a partir de la entrada en vigencia del presente decreto. Por último, el Gobierno Nacional dispuso que será considerada presuntivamente como enfermedad de carácter profesional el COVID-19 respecto de aquellos trabajadores dependientes que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales de trabajo, fuera de su domicilio particular, salvo que sean trabajadores de salud y/o miembros de las fuerzas de seguridad provinciales o federales y se encuentren en servicio efectivo. En estos supuestos la comisión médica central deberá entender que la concurrencia de la enfermedad guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada salvo prueba en contrario.